Calculadora de IVA e IRPF para facturas
Calcule el IVA y la retención de IRPF de una factura en segundos, desde la base o desde el total, y copie el desglose para la factura.
Cómo calcular el IVA y el IRPF de una factura
Se parte de la base imponible: el importe del trabajo, sin impuestos.
- La cuota de IVA es la base por el tipo de IVA.
- La retención de IRPF es la base por el porcentaje de retención. Se resta.
- Total a pagar = base + IVA − retención.
Un ejemplo, con una base de 1.000 €, IVA del 21 % y retención del 15 %:
- Base imponible: 1.000,00 €
- IVA (21 %): 210,00 €
- Retención de IRPF (15 %): −150,00 €
- Total a pagar: 1.060,00 €
Cada importe se redondea a céntimos por separado, y la mitad sube: 0,005 € pasa a 0,01 €.
Desde el total, buscamos la base que da exactamente ese total. A veces, por los céntimos, ninguna base lo da justo. Entonces le mostramos la más cercana y se lo decimos.
Qué retención de IRPF aplicar
La retención la llevan las facturas de los autónomos que ejercen una actividad profesional, como abogados, arquitectos o asesores.
- 15 %: el tipo general de los profesionales.
- 7 %: el año en que empieza la actividad y los dos siguientes, si el año anterior no tuvo actividad profesional. Hay que comunicárselo al cliente por escrito y firmado.
- La retención solo se aplica cuando la factura va a una empresa o a otro profesional. A un particular no se le aplica retención.
- «Otro», para los demás casos, como el 19 % del alquiler de un local.
Fuente: Agencia Tributaria, cuadro de tipos de retención del IRPF de 2026 y folleto de actividades económicas: retenciones. Si duda de qué tipo le corresponde, pregunte a su asesoría antes de emitir la factura.
Tipos de IVA
- 21 %: el tipo general. Es el de la mayoría de productos y servicios.
- 10 %: el reducido. Por ejemplo, hostelería o transporte de viajeros.
- 4 %: el superreducido. Por ejemplo, pan, leche, libros o medicamentos.
- Sin IVA: operaciones exentas o en las que no se repercute el IVA. En ese caso, la factura tiene que indicar el motivo.
Fuente: Agencia Tributaria, tipos impositivos de IVA.
Lo que no hace
- No calcula el recargo de equivalencia.
- No admite importes negativos, así que no sirve para facturas rectificativas.
- Calcula un solo tipo de IVA y una sola retención por cálculo. Si la factura tiene líneas con tipos distintos, calcule cada grupo por separado.
- No sirve para Canarias, Ceuta ni Melilla, donde no se aplica IVA sino IGIC o IPSI.
Preguntas frecuentes
¿La retención se calcula sobre la base o sobre el total?
Sobre la base imponible, igual que el IVA. Nunca sobre el total con IVA. En el ejemplo de arriba, la retención es el 15 % de 1.000 € (150 €), no el 15 % de 1.210 €.
¿Cómo saco la base desde el total?
Elija «Del total a pagar» y escriba el total. A mano: divida el total entre 1 + IVA − retención. Con el 21 % de IVA y el 15 % de retención, 1.060 € ÷ 1,06 = 1.000 €. Sin retención, 1.210 € ÷ 1,21 = 1.000 €.
¿Hay que poner retención si facturo a un particular?
No. La retención la aplica quien paga la factura cuando es una empresa o un profesional y la paga en su actividad. A un particular se le factura con IVA y sin retención.
¿Se guardan los importes?
No. El cálculo se hace en su navegador: los importes no se envían a ningún sitio ni se guardan. Si acepta las cookies de análisis, Google Analytics registra la visita y que se ha usado la calculadora, pero nunca los importes.
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